Tamaño de texto


Javier Frias |

¡Por fin! Aprueba Ayuntamiento ‘reglamento antiruido’

A pesar de que no será inmediatamente aplicado, las multas para quienes excedan los niveles máximos permitidos podrán llegar hasta los 40 mil pesos

Aunque no será inmediatamente aplicado, este martes fue aprobado el llamado “Reglamento Antiruido”, el cual vendrá a regular los niveles de ruido en la ciudad, evitando con ello la contaminación auditiva y sancionando a quienes excedan de los límites máximos permitidos.

Y es que el en agosto de 2018 el gobierno del estado publicó la llamadas Ley Antiruido, con las modificaciones a la Ley Estatal de Equilibrio Ecológico, con lo cual se establece que el gobierno estatal y los municipios deberán contar con un sistema de atención, disponible las 24 horas, para recibir, atender reportes de contaminación acústica y acudir a verificar los decibeles.

Las personas que no respeten los niveles de ruido permitidos serán apercibidas, de no atenderse la recomendación, el ruidoso será citado ante un juez calificador para que fije la naturaleza y monto de la multa correspondiente, la cual podría ser hasta de 40 mil pesos y se podrá aplicar el arresto administrativo hasta por 36 horas.

De acuerdo a la normativa, los límites máximos permisibles son dependiendo del horario que parten desde 50 hasta los 68 y si se trata de un evento, hasta los 100 recibes, pero solo por cuatro horas.

Previo a su aprobación, en Puerto Vallarta, personal de la Dirección de Reglamentos inspeccionó locales y se llevo a cabo la socialización de la legislación, para lo cual se solicitó a los restaures, bares y demás comercios a adecuar sus instalaciones para impedir la salida del ruido y no exceder los límites máximos permitidos.

Al respecto, el alcalde dio a conocer que a pesar de su aprobación ya por el pleno del Cabildo, la aplicación de la normativa no será inmediato, toda vez que es necesario adquirir los aparatos necesarios para medir los decibeles por parte de los inspectores de Reglamentos, no obstante, recordó que ya se ha llevado a cabo la socialización de este reglamento y los restaurantes y bares, principalmente, se han manifestado a favor de este normativa.

Asimismo, de acuerdo a los artículos 224 y 225 del Reglamento para el Ejercicio del Comercio, Funcionamiento de Giros de Prestación de Servicios, Tianguis, Eventos y Espectáculos, queda prohibido el perifoneo y el uso de aparato de sonido para anunciar en la ciudad, sin embargo, en locales comerciales donde se utilizan bocinas, éstos estarán supeditados a los máximos permisibles en la norma.