Tras oficializarse el nombramiento de Roberto Ascencio se rectificó sobre los “encargados de despacho”
Pese a que todavía no se hace la presentación oficial por parte del alcalde, Luis Alberto Michel Rodríguez sobre la integración del gabinete de funcionarios de la administración municipal 2021-2024. Desde hace más de una semana se formalizó la designación de los titulares de las dependencias municipales.
Rectificando sobre la decisión de nombrar a “encargados de despacho” al frente de las jefaturas, subdirecciones y direcciones, debido a que en la Ley de Gobierno y la Administración Pública Municipal del Estado de Jalisco, no existe esa figura.
Así lo confirmó el director de Jurídico, Roberto Ascencio Castillo al corroborar que no existe la figura jurídica de “encargado del despecho” en la legislación que regula a la administración municipal y se exponían a que algún acto de gobierno bajo esa inexistente figura propiciaría que se nulificarán actos y decisiones del gobierno municipal.
Ante lo que una vez que el pasado 15 de septiembre cuando en el pleno edilicio se avaló su nombramiento como jurídico municipal junto con varios apoderados legales, el también ex sindico, Ascencio Castillo planteó que se dieran los nombramientos ya como titulares de las diversas dependencias que despachaban con “encargados de despacho”.
Explicó que como no existe una figura jurídica de “encargado de despacho” no se tenía personalidad jurídica de aquellos que despachaban en las dependencias municipales para poder tomar decisiones en que es indispensable contar precisamente con la personalidad jurídica de las acciones a emprender.
De ahí a que desde hace más de una semana ya se comenzaron a dar los nombramientos oficiales desde jefaturas, subdirecciones y direcciones, por lo que ya es oficial el gabinete municipal.
No obstante, así como es facultad del presidente municipal, designar o remover a funcionarios es que había tomado la decisión de nombrar “encargados de despacho” durante por lo menos el primer mes por sí hacia cambios. Pero dado a los riesgos de carecían de personalidad jurídica no podían suscribir documentación oficial porque estarían propiciando actos de nulidad, de acuerdo a lo expuesto por Ascencio Castillo.