El municipio está impedido si no hay convenio con la Comisión de Protección Contra Riesgos Sanitarios en el Estado de Jalisco
Aunque desde el fin de semana entró en vigor el nuevo Reglamento de la Ley General para el control del Tabaco en se establecen una serie de condiciones y restricciones para la protección de los no fumadores, eliminando las áreas para fumar en restaurantes y en áreas comunes de hoteles, así como en una diversidad de espacios públicos. Y esta reglamentación es de aplicación general en todo el país, el Ayuntamiento carece aún de facultades para verificar y sancionar al respecto.
Hasta el momento, el únicamente la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) podría aplicar sanciones o multas, además de hacer la verificación para el cumplimiento de las nuevas disposiciones que incluyen la exhibición de cigarrillos en comercios, entre otras restricciones.
De acuerdo a lo que explicó el director de la VIII Región Sanitaria, Jaime Álvarez Zayas, sobre Decreto Presidencial de modificación, adición y derogación a la Ley General para el Control de Tabaco, la responsable de verificar las cajetillas de cigarros es la Cofepris, y no el Ayuntamiento, ya que ningún municipio tiene facultad para supervisar ni sancionar, sin contar con un convenio sobre estas medidas con la Comisión de Protección Contra Riesgos Sanitarios en el Estado de Jalisco.
Medidas que buscan «la protección a la salud de las niñas niños y adolescentes y evitar su exposición al humo de tabaco y riesgos de enfermedad», dijo.
Sin embargo, dejo en claro que todavía ningún municipio del estado tiene facultades para poder sancionar la aplicación del tema de la exhibición de cajetillas de cigarros o fumar en espacios públicos como parques o playas, o el patios o terrazas abiertas en restaurantes o áreas comunes en hoteles.