Se trata de adecuaciones y modificaciones a 23 artículos de cuatro reglamentos con implicación de siete normativas y la participación de siete dependencias y autoridades municipales
Después de más de medio año de trabajo en comisiones, este jueves por fin fueron publicadas en la Gaceta Municipal las adecuaciones y modificaciones a reglamentos locales para regular y sancionar los ruidos excesivos en Puerto Vallarta, por lo cual a partir de este viernes comienza ya su aplicación de lo que puede considerarse como el ‘reglamento antirruido’.
Básicamente se trata de adecuaciones y modificaciones a 23 artículos de los reglamentos para el Ejercicio del Comercio, Funcionamiento de Giros de Prestación de Servicios, Tianguis, Eventos y Espectáculos; de Construcción; de Policía y Buen Gobierno; de Participación Ciudadana y; para la Prestación de Servicios Musicales Ambulantes.
Asimismo implica también la participación de siete autoridades locales, tales como la Dirección de Desarrollo Urbano y Medio Ambiente; Dirección de Desarrollo Social; Dirección de Servicios Públicos Municipales; Dirección de Seguridad Ciudadana; Dirección de Inspección y Reglamentos; Jueces Municipales y; Delegados y Agentes Municipales.
De tal manera que a partir de este viernes 7 de febrero autoridades y ciudadanos deberán ejercer y respetar estas normativas, mismas que, cabe destacar, no se trata de un reglamento en sí, sino una serie de disposiciones que regulan los niveles de emisión de ruido que tienen como base la Ley Estatal del Equilibrio Ecológico y Protección del Ambiente del Estado de Jalisco.
Eduardo Martínez Martínez, regidor presidente de la Comisión de Reglamentos y Puntos Constitucionales destacó que una vez publicado se hace exigible tanto para el ciudadano como para el gobierno ejercerlo y aplicarlo, respectivamente.
“Se trata de disposiciones legales para regular a los comercios en cuanto al ruido. Regular a los ciudadanos en cuanto a las calles, regular a los vecinos que tienen ruido en la vía pública, regular a los establecimientos que emiten contaminantes auditivos, por lo que en ese sentido la normativa deriva a 4 reglamentos que pueden ser aplicables en la materia”, explicó el edil.
Dichos reglamentos, (de Comercio, Construcción; Policía y Buen Gobierno, Participación Ciudadana y Servicios Musicales Ambulantes) tienen implicación en diversas dependencias, añadió el regidor, quien ejemplificó que si en el caso de que algún al interior o exterior de un a establecimiento se esté emitiendo sonidos con niveles mayores a lo permitido (de 50 a 68 decibeles) le corresponderá al personal de la Dirección de Inspección y Reglamentos actuar en materia o si se trata al interior de una vivienda podrá actuar personal de la Subdirección de Ecología o los elementos de Seguridad Ciudadana.
«Todos esos reglamentos vale la pena conocer sus alcances en cuanto a la emisión del contaminante de ruido y, obviamente, el ciudadano podrá hacer una denuncia a través del 911 y este derivará el reporte al departamento (dependencia o dirección) que corresponda”, agregó.
De tal manera, que en teoría ya todo el personal de las dependencias antes mencionadas deberían conocer acerca de estas normativas, sin embargo, el regidor Martínez Martínez, explicó que a partir de la fecha de su aplicación (7 de febrero de 2020), comenzarían las capacitaciones y la adquisición de los aparatos para la medición de decibeles (sonómetros).
Por lo anterior, el edil presidente de la Comisión de Reglamentos y Puntos Constitucionales llamó a leer los artículos transitorios del acuerdo 250/2019, donde se establece la manera en cómo se va a aplicar esta normativa, quiénes la aplican, además de que se menciona, entre otros, la capacitación que se tiene que dar al personal, la difusión y la adquisición de los aparatos para la medición de los niveles de ruido.
Como en toda aplicación de la ley, existe una máxima, la cual es que el desconocimiento de ésta no exime al ciudadano de responsabilidades, por tal razón, es preciso conocer estas adecuaciones para saber cuándo se está violentando la normativa y cuándo no, así como las obligaciones y derechos que ésta conlleva.
“Aquí el punto es que si el funcionario o los servidores no logran su capacitación en tiempo y forma, obviamente no van a conocer la forma de aplicar y utilizar este reglamento”, dijo Martínez Martínez, quien también señaló que la obligación del ciudadano es también conoce el contenido de estas normativas, para saber acerca de los alcances y en qué momento ha sido violado su derecho o se está violentando el derecho de otros.
Dentro de las disposiciones que marcar los reglamentos aplicables, destacan horarios, niveles de sonido e incluso sanciones a las que puede ser acreedor el infractor, las cuales van desde una Unidad de Medida de Actualización (UMA) que para este mes de febrero es de 86.88 pesos, hasta de 150 UMA´s, que sería poco más de 15 mil 600 pesos y en caso de reincidencia hasta 500 UMA´s, es decir, poco más de 43 mil pesos, además de cárcel administrativa hasta por 36 horas.