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SCJN enmienda la plana a diputados; anula arranque del proceso hasta enero y reducción en tiempo de campaña

En el dictamen echa abajo postergar inicio proceso por el Covid-19  rumbo a renovación alcaldías y diputaciones

 

 

 

 

La Suprema Corte de Justicia de la Nación dejó sin efecto la reforma electoral en Jalisco, en el apartado que se refiere a la modificación de los tiempos para el arranque del proceso, así como la reducción en tiempos de campaña en la entidad.

Con la reforma, impulsada por el PAN y Movimiento Ciudadano, los tiempos de campaña habrían pasado de 60 a 30 días.

Los diputados argumentaron que con motivo de la pandemia, el proceso electoral en Jalisco arrancaría en 2021 y no en octubre de este año, sin tocar el monto del dinero que reciben los partidos políticos.

Sin embargo, este lunes la Suprema Corte de Justicia de la Nación otra vez corrigió la plana a diputados locales y determinó que el argumento no es válido para mover la fecha ni para recortar de 60 a 30 días el tiempo que tienen los partidos para buscar el voto.

Ademas, declaró inconstitucional los cambios en la fórmula para calcular el financiamiento público local que reciben los partidos en año no electoral.

Las acciones de inconstitucionalidad fueron promovidas por Morena, Somos antes Encuentro Social y el PRD, que argumentaron inequidad para los nuevos partidos frente a los que ya gobiernan para darse a conocer entre la población de cara al 2021.

Asimismo, la SCJN  se reconoció la validez de la reforma que redujo el monto del financiamiento público para los partidos políticos de nueva creación, al estimarse que dicho monto de financiamiento no puede analizarse conforme al principio de progresividad.

Este proceso electoral local es para la renovación de las presidencias municipales y diputaciones en el Congreso de Jalisco. (AGENCIAS)