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Martha Ramírez Ruiz |

A dos meses de concretar municipalización; Seapal presume de finanzas sanas


Un día después que el Congreso aprobó la abrogación de la ley que lo creó hace 42 años, el organismo alardea de eficiencia y precisa sobre la deuda que dejará al municipio

 

Luego que ayer el pleno legislativo aprobara en «fast track» la extinción del Seapal con la abrogación de la a Ley del Sistema de Agua Potable, Drenaje y Alcantarillado de Puerto Vallarta, en cumplimiento a la orden de la SCJN para la municipalización del organismo.

A menos de dos meses de que venza el plazo para entregarlo al Organismo Público Descentralizado municipal cuya creación fue avalada por el pleno edilicio, en sesión ordinaria de diciembre.

El Seapal Vallarta, emitió un comunicado a través del cual presume de contar con finanzas sanas e indica que sólo tiene una deuda de 50 millones de pesos.

En el comunicado, indica que a a la fecha, el Sistema de los Servicios de Agua Potable, Drenaje y Alcantarillado de Puerto Vallarta, SEAPAL, mantiene solo una línea de crédito simple solicitada en diciembre de 2013, cuyo monto original fue de 50 millones de pesos.

De estos, detalla que se han pagado en tiempo y forma 22 millones 641 mil pesos y restan 27 millones 359 mil pesos, mismos que serán cubiertos en los años subsecuentes y hasta marzo de 2027, tal y como se estipuló en el convenio de la línea de crédito firmada en diciembre de 2013 por el entonces director general de SEAPAL, junto con el gobernador en turno de Jalisco, además de los titulares de la Secretaría de Planeación y Finanzas y la Contraloría estatales.

Asimismo, destaca que los recursos solicitados fueron aplicados en obras y servicios de importancia para el municipio de Puerto Vallarta, como para la rehabilitación de las primeras etapas del Colector de Aguas Residuales Centro-Norte y el Colector Centro  que da servicio a esa parte de la ciudad.

Hace referencia a que los servicios de agua potable, drenaje y alcantarillado serán asumidos por el municipio de Puerto Vallarta.

Tal y como lo ordenó la SCJN al fallar a favor del municipio en la controversia constitucional 98/2016.